Un Centro Facilitador Tecnológico (CFT) es un espacio físico, al cual los alumnos pueden concurrir, para acceder en forma gratuita a una serie de servicios que les permiten estudiar a distancia.-

Requisitos de Ingreso

Para realizar una Carrera con modalidad a distancia de la UBP los requisitos obligatorios son los siguientes:
  • Completar la solicitud de MATRÍCULA.
  • Fotocopia autenticada del Certificado Analítico de estudios Secundarios o constancia actualizada de que está en trámite. En el caso de no haber concluido los estudios de nivel medio, se debe presentar una constancia actualizada de estar cursando el último año.
  • Fotocopia DNI (primera y segunda hoja).
  • Dos fotografías 4 x 4, color.
  • Certificado de salud, público o privado.
  • Abonar el importe correspondiente a las Actividades de Ambientación y Admisión. 
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REQUISITOS
  • Tener 25 años cumplidos al momento de su inscripción como postulantes al régimen de esta Resolución.
  • Poseer estudios primarios completos
  • Cumplir con las actividades de Admisión para lograr la condición de aspirante.
  • Inscripción y presentación de la siguiente documentación: 
    • documento de identidad y fotocopia de las dos primeras páginas del mismo
    • constancia de estudios primarios completos
    • constancia de experiencia laboral relativa a la carrera elegida
    • certificaciones varias que acrediten preparación relacionada a la carrera
  • Una Comisión Docente evaluará los antecedentes de preparación y/o experiencia laboral presentados por el postulante, a fin de verificar si su contenido, alcances, duración, especificidad y demás factores pertinenestes, le han proporcionado un nivel de formación acorde con la carrera elegida. Esta evaluación podrá incluir, en los casos necesarios la realización de un coloquio o entrevista.
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·· Trámite de equivalencias de estudios


A- INFORME PROVISORIO

A efectos de obtener provisoriamente la nómina de asignaturas que le serán dadas por equivalencias de estudios, el interesado debe presentar en el Área Informes la siguiente documentación:
. Certificado Analítico de materias aprobadas en el establecimiento de origen, con notas, fechas, libro y folio.
. Copia de los programas de las asignaturas, con objetivos, contenidos, carga horaria y bibliografía.
Estando completa y en orden la referida documentación, en el plazo de quince días hábiles se emitirá un INFORME PROVISORIO. El interesado deberá solicitarlo en el Área Informes.


B- TRAMITE DEFINITIVO


Si el interesado se matricula como alumno, la División Documentación inicia automáticamente el TRAMITE DEFINITIVO DE EQUIVALENCIAS. Para ello la documentación de equivalencias detallada en el apartado anterior, debe estar legalizada conforme a las indicaciones siguientes:

LEGALlZACIÓN DE DOCUMENTACION PARA SOLICITAR EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS

Para dar curso al TRÁMITE DEFINITIVO, el interesado debe presentar Certificado Analítico y programas LEGALIZADOS.

1) DOCUMENTACIÓN PROVENIENTE DE UNIVERSIDADES PRIVADAS

La documentación debe estar firmada por las autoridades de la Facultad de que se trate, y estas firmas deben estar legalizadas por el Rectorado de la Universidad respectiva. Esta última firma debe ser la que está registrada en el Ministerio de Educación de la Nación.

2) DOCUMENTACIÓN PROVENIENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES
Se requiere:
. Firmas de autoridades de la Facultad o Escuela.
. Legalización de dichas firmas por el Rectorado de la Universidad.

3) DOCUMENTACIÓN PROVENIENTE DE INSTITUTOS TERCIARIOS

Se requiere:
. Firmas de las autoridades de la Institución.
. Legalización de dichas firmas por el organismo oficial del cual dependen
(En Córdoba: DIPE, DEMES, etc.).

NOTA: En caso de ser necesario, la UBP devuelve al interesado la documentación presentada en su
momento, a efectos de que complete los trámites faltantes.

·· Documentación obligatoria para convalidación de títulos de nivel medio cursados en el extranjero.
 
Si los estudios están concluidos deberá presentar: Transcripto o Concentración de notas o Histórico de Escolaridad y además Título o Diploma de Graduación.
Deben estar legalizados por:

Las autoridades educacionales del país del que provienen. 

Consulado Argentino del lugar donde fue extendido el certificado; de colocarle el sello de "Apostille de La Haya" no deberá realizar las legalización. 

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina (Rivadavia 954 - Capital Federal, Horario de Atención de 10 a 14 hs.).

Si los certificados están redactados en idioma extranjero: deberán ser traducidos por Traductor Público de Registro. Luego Legalizarlo por el Colegio de Traductores - Avda. Callao 289 - Capital Federal.

El interesado deberá traer Documento Nacional de Identidad. En caso de ser extranjero si no posee Documento Nacional de Identidad, deberá presentar en su defecto residencia actualizada en el país (Temporaria, Definitiva o Permanente).

Hijo de Diplomático: agregar a lo solicitado nota de designación del padre, madre o tutor en el extranjero.

Extranjero Hijo de Padre o Madre Argentinos: adjuntar documentación que lo acredite (Partida de Nacimiento del interesado. En caso de no figurar en dicha partida la nacionalidad del Padre o Madre traer fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Partida de Nacimiento del Padre o Madre).

Argentino que se fue por intercambio cultural o beca: presentar el Certificado Analítico de los años cursados en la República Argentina. Agregar a lo solicitado la nota de la Institución que le otorgó el Intercambio o la Beca.

De toda la documentación solicitada deberá presentar original y fotocopia para iniciar los trámites de la correspondiente convalidación en: Montevideo 950 – Capital Federal. Teléfono: 011-41291143, 41291329. Profesora: María del Carmen Belber de 10 a 12hs y de 14 a 16 hs.

El Decreto Nº 16.737/57 está en plena vigencia y exige, a los egresados de escuelas de nivel medio extranjeras (Bachillerato o enseñanza comercial) que desean obtener equivalencia con los respectivos estudios argentinos, la aprobación de: Historia Argentina, Geografía Argentina, Introducción Cívica, Castellano y Literatura Argentina y Americana. "Quedan eximidos del examen complementario de Castellano quienes hayan cursado estudios en países de habla española".

Los alumnos con estudios de nivel medio aprobados en el extranjero, que no sean legalmente equivalentes en forma automática a los nacionales en virtud de leyes, decretos o tratados vigentes, podrán inscribirse y graduarse en los establecimientos universitarios privados autorizados sin el requisito previo de tal reconocimiento, siempre y cuando manifiesten por escrito la aceptación de que los títulos, diplomas o grados que puedan obtener no los habilitarán para el ejercicio profesional correspondiente en el territorio de la República Argentina, mientras no obtengan la equivalencia de sus estudios de nivel medio.